REGLAMENTO

 



MANUAL DE NORMAS REGLAMENTARIAS

 

 

CAPITULO I

GENERALIDADES

ARTICULO 1°. El certamen “Copa Villa Miriam”  es el desarrollo de encuentros deportivos en la disciplina de Futbol Nueve Categoría Abierta, como herramienta para fortalecer el proceso de formación e integración de las comunidades con principios de participación ciudadana de los habitantes del municipio de Valledupar.

El Comité organizador del Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”, establece que los clubes y/o equipos al inscribirse se obligan a respetar este Manual De Normas Reglamentarias y a cumplir con todas las disposiciones promulgadas por él.

 

 

CAPITULO II

OBJETIVOS

 

ARTICULO 2°. Objetivo General.

Aprovechar el deporte con fines de recreación y desarrollo físico, procurando la integración de las comunidades mediante la acción interinstitucional y la participación comunitaria, en procura de la reconstrucción del tejido social.

 

ARTICULO 3°. Objetivos Específicos.

1.    Optimizar el bienestar, la salud, la coexistencia, la solidaridad y la integración mediante la práctica deportiva, como elemento fundamental del desarrollo individual y social del ser humano.

2.    Contribuir al desarrollo de la persona en la formación de hábitos deportivos.

 

CAPITULO III

AUTORIDADES DEL TORNEO

ARTICULO 4°. La máxima autoridad del Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”, es El Comité Organizador.

ARTICULO 5°. La fijación del campo de juego y los horarios de los partidos es competencia exclusiva del Comité Organizador, los cuales se desarrollaran los días sábados a partir de la 1:30 PM, domingos y festivos a partir de las 7:00 am.

Parágrafo: Cada equipo deberá presentarse al terreno de juego con un balón de futbol N° 5 en condiciones normales para jugar, si ninguno de los dos equipos presenta balón pueden perder el compromiso y el resultado será adverso 3X0.

ARTICULO 6°.  La Comisión de Penas y sanciones  del torneo es nombrada por el presidente del Comité Organizador y tendrá las siguientes funciones:

1.    Imponer por medio de resoluciones las sanciones y todo lo concerniente a lo que esto conlleve.

 

 

CAPITULO IV

ARBITROS

 

ARTICULO 7°.  El árbitro es la suprema autoridad deportiva durante los partidos.

Adopta las decisiones disciplinarias en el transcurso del partido, sus fallos deberán ser acatados sin protesta ni discusión, sus decisiones son definitivas.  Ello lo es sin perjuicio de la competencia de las autoridades jurisdiccionales.

El ejercicio de sus poderes comienza en el momento de entrar al estadio y termina cuando lo abandona.

El árbitro deberá aplicar las reglas    de juego adoptadas por la International Board

Association y promulgadas por el Comité Organizador del Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”.

 

ARTICULO 8°. El árbitro deberá informar en la planilla reglamentaria, en forma clara y objetiva sobre lo siguiente:

 

a)    La forma como se desarrolló el partido y los momentos anteriores y posteriores al mismo.

 

b)   En el evento de que se hubieren presentado incidentes, determinará claramente en qué consistieron, quiénes fueron sus promotores y partícipes; y en caso de agravio o provocación, si el agredido o provocado la respondió y en qué forma.

 

c)    Si los incidentes fueron provocados por el público deberá precisar además:

 

·         Si fueron generalizados o aislados.

·         Si hubo lanzamiento de objetos, la clase y cantidad.

 

·         Si se presentó invasión a la cancha, determinar el número de participantes y su actitud.

 

d)    Comportamiento de los recogebolas y demás personas autorizadas para estar en el campo de juego.

 

Cuando las circunstancias lo requieran, podrá adjuntar a la planilla un informe adicional.

 

El informe deberá enviarse a la Comisión Disciplinaria dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la realización del partido y tendrá carácter confidencial.

 

ARTICULO 9°. Los informes o reclamaciones sobre actuaciones de árbitros deben ser presentados por escrito acompañado de las pruebas documentales sobre los hechos y formado bajo la responsabilidad del equipo acusador, requisitos sin los cuales Comité Organizador se abstendrá de considerarlos.

 

 

CAPITULO V

INDUMENTARIA DEL JUGADOR

 

ARTICULO 10°.  Se compone de los siguientes elementos:

 

1.    Camiseta corta o larga.

2.    Pantaloneta  (no bermudas).

 

3.    Medias largas (no tobilleras).

 

4.    Canilleras.

 

5.    Guayos (no tenis salvo prescripción médica)

 

PARAGRAFO: En el desarrollo de un compromiso oficial, ningún jugador podrá volver a utilizar indumentaria de sus compañeros,  ni actuar sin su respectivo número de  identificación, en el evento de que esto ocurra, el equipo infractor podrá ser demandado y deberá acatar las decisiones que le imponga el Comité Organizador y el Disciplinario del Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”.

 

 

CAPITULO VI

DE LOS PARTICIPANTES

 

ARTICULO 11°.  Podrán hacer parte del Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”, los equipos y deportistas que reúnan los siguientes requisitos:

 

1.    No estar inhabilitado.

 

2.    Cada equipo puede inscribir máximo 18 jugadores. Después de ese número de jugadores tiene un costo adicional de cinco mil ($5.000) pesos m/cte cada uno.

 

3.    Cada jugador inscrito deberá aparecer en la planilla de inscripción con sus nombres completos e identificación. El Comité Organizador se es responsable de la carnetizacion de cada uno de los jugadores participantes.

 

4.    Cada equipo deberá contar con un delegado el cual será el representante legal ante El Comité Organizador este deberá anexar a la planilla de inscripción, fotocopia de su documento de identidad para la elaboración de su respectiva escarapela.

 

Parágrafo: Los participantes del Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”, deberán estar afiliados a una EPS de Régimen subsidiado o contributivo, ya que El Comité Organizador, no responderá por las lesiones, fracturas y accidentes que sucedan en desarrollo de los encuentros oficiales del mismo.

 

 

CAPITULO VII

SISTEMA DE JUEGO

 

ARTICULO 12°. El sistema de juego y la mecánica del campeonato estarán sujetos al número de equipos participantes de la siguiente manera:

 

1.    PRIMERA FASE: 20 equipos, eliminación todos contra todos.

 

2.    OCTAVOS DE FINAL: Clasificaran para Octavos de Final dieciséis (16) equipos, estos se eliminarán  en partidos de ida y vuelta así:

 

LLAVES

1

Vs.

16

:     A

2

Vs.

15

:     B

3

Vs.

14

:     C

4

Vs.

13

:     D

5

Vs.

12

:     E

6

Vs.

11

:     F

7

Vs.

10

:     G

8

Vs.

9

:     H


    

3.    CUARTOS DE FINAL: Clasificaran para cuartos de final (8) equipos, estos    se eliminarán  en partidos de ida y vuelta así: 

 

 

LLAVES

GANADOR A

Vs.

GANADOR H

:      I

GANADOR B

Vs.

GANADOR G

:      J

GANADOR C

Vs.

GANADOR F

:     K

GANADOR D

Vs.

GANADOR E

:      L

 

4.    SEMIFINAL: Clasificaran para la semifinal  cuatro (4) equipos,  estos se eliminarán  en muerte súbita así;   

 

LLAVES

GANADOR I

Vs.

GANADOR L

:         LL

GANADOR J

Vs.

GANADOR K

:           M

 

5.    GRAN FINAL: La gran final del torneo se jugará así:

 

 

LLAVES

 

PERDEDOR LL

Vs.

PERDEDOR M

      POR EL TERCER Y CUARTO PUESTO

 

 

 

     LLAVES

 

GANADOR LL

Vs.

GANADOR M

  POR EL PRIMER Y SEGUNDO PUESTO

 

Parágrafo: El Club Deportivo Villa Miryam, se reserva el derecho a realizar modificaciones al siguiente articulo y hacerlas públicas a cada equipo y/o en carteleras o por medio de su página Web www.copavillamiriam.es.tl .

 

ARTICULO 13°. El equipo que pierda dos (2) veces por doble W consecutivas o alternas, será expulsado del torneo.

 

ARTICULO 14°. En caso de empate entre dos o más equipos para definir una casilla se tendrá en cuenta lo siguiente:

 

1.    Diferencia de goles.

 

2.    Mayor número de partidos ganados.

 

3.    Mayor número de goles a favor.

 

4.    Menor número de goles en contra.

 

5.    Partido jugado y ganado entre sí.

 

6.    Mejor puntaje juego limpio.

 

7.    Partido extra.

 

Parágrafo: Para definir clasificaciones, los partidos y los goles que se tendrán en cuenta serán únicamente los de las respectivas fases en las que se presentaron los compromisos.

 

ARTICULO 15°.  Los Goleadores y la Valla menos vencida, se tendrán en cuenta hasta la fase final.

 

ARTICULO 16°. En caso de empate en los goleadores será  ganador el jugador que en menos partido jugados haya marcado más goles, en condiciones iguales, será ganador el jugador que empate.

 

ARTICULO 17°. En caso de empate en la valla menos vencida será ganador el equipo que en mayor número de partidos jugados, haya recibido menos goles, en condiciones iguales, será ganador el equipo que empate.

 

ARTICULO 18°.  Se declara partido perdido, no importa el marcador al equipo que incurra en las siguientes infracciones:

 

1.    Equipo que se salga del terreno de juego y se rehúse a continuar jugando se le descontaran 200 puntos de juego limpio y se le dará un tiempo de diez (10) minutos, si en ese lapso no se ha superado el impase se tomará como doble W  y cuyo marcador será 3 x 0 en contra. Además de la sanción que pudiera imponer El Club Deportivo Villa Miryam.

 

2.    Actuación de jugadores no inscritos.

 

3.    Delegados, entrenadores que interfieran en la buena labor del arbitraje de un partido será penalizado con cien (100) puntos de juego limpio más $20.000 de multa y si siguen reincidiendo se le doblaran los puntos en juego limpio, la parte económica y se estudiará su posible retiro del torneo.

 

4.    Cuando un equipo en el trascurso de un compromiso quede en inferioridad numérica de seis (6) jugadores, así el marcador le sea favorable, automáticamente perderá el compromiso y el resultado final será 3 x 0 en contra, además se le descontaran 200 puntos en juego limpio.

 

Parágrafo: Si la reducción del mínimo de seis (6) jugadores del equipo se comprueba que se ha originado en forma mal intencionada para perjudicar y/o beneficiar a un tercero, Comité Organizador expulsará del torneo al equipo infractor.

 

ARTICULO 19°. Cada equipo podrá alinear en cada partido máximo nueve (9) jugadores, mínimo seis (6) y podrá realizar seis (6) sustituciones. Para poder actuar en un compromiso, cada jugador deberá identificarse con su respectivo carné, de lo contrario no podrá actuar.

 

 

CAPÍTULO VIII

JUEGO LIMPIO

 

ARTICULO 20°. Para la puntuación de juego limpio cada equipo empezará con cinco mil (5.000) puntos y los descuentos se harán así:

 

1.    Entrar retardado a la cancha                                         50 puntos.

 

2.    Mal uniformados                                                        50 puntos.

 

3.    Tarjeta amarilla                                                          20 puntos.

 

4.    Tarjeta roja jugador                                                    40 puntos.

 

5.    Tarjeta roja delegado                                                  100 puntos.

 

6.    Perder por doble W                                                    200 puntos.

 

 

Parágrafo: Jugador que fracture o lesione de gravedad a otro jugador será retirado del torneo y se le descontará doscientos (200) puntos en juego limpio a su equipo.

CAPITULO IX

APLAZAMIENTO DE PARTIDOS

 

ARTICULO 21°. Todo equipo puede hacer aplazamiento de partidos antes de la hacer pública la programación.  Después de publicada en la página Web www.copavillamiriam.es.tl.  Esta no podrá ser modificada, por su codificación en un tiempo mínimo de 72 horas, esta será divulgada el día miércoles en el transcurso de este. 

 

 

CAPITULO X

HORARIOS Y DOBLE W

 

ARTICULO 22°. Los equipos deben estar ubicados en el campo de juego en condiciones para actuar, como mínimo 15 minutos antes de la hora programada para la iniciación del partido.

 

ARTICULO 23°. Si los equipos que se deben enfrentar no se presentan al campo de juego ambos se registraran como perdedores por doble W y se dará un marcador  adverso de 3 x 0, esta medida no se opone a las otras que  imponga la Comisión Disciplinaria  del Comité Organizador.

 

ARTICULO 24° Los partidos tendrán una duración de 60 minutos en dos tiempos de 30 minutos cada uno y no menos un descanso de 5 minutos.

 

ARTICULO 25° Después de transcurrido los tres tercios de un compromiso o sea 45  minutos de juego, de un partido suspendido por causa de fuerza mayor el árbitro lo dará por terminado con el marcador que había en el  momento de la suspensión.

 

Para efectos del numeral anterior se considera causal de fuerza mayor las siguientes:

 

·         Mal estado del terno de juego por lluvia que lo haga imposible o peligrosa su actuación.

·         La falta de suficiente luz natural o artificial.

 

·         Los demás factores que a juicios razonables del árbitro central.

 

ARICULO  26°. Cualquier  partido suspendido por  cualquiera de las causas de fuerza mayor establecidas en el artículo anterior y cuyo tiempo de juego sea inferior a 45 minutos  debe concluirse o jugarse    en fechas programadas procurando que  sea antes de seguir con el calendario  de juego del torneo.

 

Parágrafo: En la continuación de un  encuentro  suspendido tendrá en cuenta el  árbitro  en lo posible  la posición de los equipos  y se  hará bajo la  dirección  del mismo árbitro, pero el Comité Organizador podrá designar  otro, sin que por esto haya reclamación o demanda  alguna.

 

ARTICULO 27°. Cuando el normal desarrollo o finalización de un partido sea entorpecido en su labor  arbitral con demostrada falta de garantías por parte  de un delegado, técnico, jugadores, etc. de uno de los equipos el árbitro salvo que haya sido agredido  físicamente exigirá al capitán o capitanes  su efectiva colaboración para la correcta culminación del mismo, si la solicitud no es atendida satisfactoriamente  el árbitro  finalizara el encuentro por faltas  de garantías.

 

Parágrafo: El resultado final del mismo será adverso de tres goles por cero al club que se negó  a colaborar  con  el juez central a menos que el marcador sea  mayor en su contra , los hechos anteriores deben comprobados previamente por la Comisión Técnica  del Comité Organizador o en su defecto los dos equipos son perdedores.

 

 

CAPITULO XI

REGIMEN ECONOMICO

 

ARTICULO 28°. Cada equipo participante en el Décimo Segundo Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”, pagará de estricto contado por concepto

 

1.    Valor por arbitraje $33.000 por equipo.

 

2.    Valor por jugador  inscripción jugador extra $5.000 cada uno.

 

3.    Valor por tarjeta amarilla $3.000 cada una.

 

4.    Valor por tarjeta roja $5.000 cada una, más  la multa que se le imponga dependiendo de la sanción que reciba.

 

5.    Valor por tarjeta roja delegado $20.000 cada una.

 

6.    Valor por carnet y laminación $3.000 por  jugador hasta el N° 18.

 

7.    Valor por partido ganado por doble W  $40.000

 

8.    Valor por partido ganado por doble W  o en el escritorio $33.000 por equipo.

 

 

CAPITULO XII

 RECLAMACIONES-DEMANDAS-REPOSIONES Y APELACIONES

 

ARTICULO 29°. RECLAMACIONES: Se entiende por reclamación la actuación que persigue la aclaración de una situación administrativa o deportiva por parte de la organización, sin que esto modifique el resultado de la confrontación deportiva. Deberá ser presentada por el delegado oficial y no obligara a una respuesta inmediata de parte  del Comité Organizador.

 

ARTICULO 30°. DEMANDA: No hay demanda por las edades y como demanda se entiende la solicitud que persigue la nulidad del resultado de una confrontación deportiva por violación a las normas. Deberá ser presentado por escrito al siguiente día hábil de ocurrido el suceso como plazo único, ante La Comisión Técnica del Club Deportivo Villa Miryam, acompañada de las pruebas en las cuales se fundamentan los hechos,  deberá ser presentada por el delegado oficial y tendrá un costo de setenta mil pesos ($70.000) m/cte. De los cuales serán reembolsables el 50% si la demanda es positiva, de ser negativa no serán reembolsables.

 

ARTICULO 31°. REPOSICION: Se entiende por reposición la solicitud que busca aclarar, modificar o anular la decisión de la Comisión de Penas y Sanciones. Se deberá presentar ante la misma instancia dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de la publicación de la resolución, cumpliendo con los requisitos de una demanda exceptuando el dinero.  La reposición deberá ser presentada por el delegado oficial.

 

ARTICULO 32°. APELACION: Se entiende por apelación la solicitud que busca aclarar, modificar o anular la decisión que frente a la reposición, tomo la Comisión de Penas y Sanciones y deberá interponer ante el Comité Organizador, dentro de la 72 horas siguientes a la publicación de la resolución.  La apelación deberá ser presentada por el delegado oficial.

 

Parágrafo: La Comisión Disciplinaria  puede exigir la presentación de pruebas, testimonios y documentos adicionales que considere necesario para emitir su fallo, la renuencia o retardo del demandante para presentar las pruebas solicitadas en el término que se fije será por si misma causal de fallo adverso.

 

ARTICULO 33°. Los presidentes y delegados de los equipos participantes gozan de plena autonomía en la toma de decisiones y como jefe de cada equipo responderán por la conducta de sus integrantes y por el incumplimiento de las obligaciones económicas, administrativas, técnicas, deportivas y disciplinarias de cada partido es igualmente el conducto regular entre sus equipos y el Comité Organizador.

 

ARTICULO 34°.  Una vez proclamado el campeón y demás puestos, no se aceptan demandas ni reclamos algunos.



CAPITULO XIII

MEDIDAS Y TÉCNICAS DISCIPLINARIAS 

 

ARTICULO 35°. La Comisión de Penas y Sanciones es un estamento creado para preservar la ética, los principios, el decoro y la disciplina que deben regir la actividad deportiva y a la vez asegurar el cumplimiento de las reglas de competición y las normas generales, que regirán el desarrollo del Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”, esta será designada y podrá ser cambiada por el presidente del Comité Organizador, estará conformada por tres (3) miembros la cual impondrá por medio de resoluciones las sanciones establecidas en el presente reglamento.

 

ARTICULO 36°. Corresponde a  La Comisión de Penas y Sanciones   del torneo la facultad de sancionar las faltas disciplinarias individuales o colectivas de los integrantes de los equipos participantes en el Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”.

 

ARTICULO 37°. Contra los fallos de  La Comisión de Penas y Sanciones   del torneo en estricta aplicación de las normas contempladas en el reglamento de competencia, solo procede el recurso de reposición o de apelación ante el Comité Organizador.

 

ARTICULO 38°.   El juzgamiento de un hecho se iniciará por el informe del árbitro, también podrá estudiarse por el informe de un miembro de  La Comisión de Penas y Sanciones   o un veedor del Comité Organizador.

 

ARTICULO 39°. Infracciones

 

1.    Las infracciones son aquellas conductas que por acción u omisión contravienen el Manual de Normas Reglamentarias del certamen o las reglas de juego que se deben observar en desarrollo del partido, torneo, competencia o campeonato.

 

2.    Hacer declaraciones privadas o en público que a juicio del Comité Organizador y  La Comisión Técnica o Disciplinaria perjudiquen el desarrollo del torneo, pongan en tela de juicio la actuación de las autoridades superiores o contengan apreciaciones injustas o lesivas para las autoridades deportivas la imagen del Club Deportivo Villa Miryam y los patrocinadores del certamen.

 

3.    El inadecuado comportamiento del público puede dar lugar a las sanciones previstas en este código.

 

 

 

CAPITULO XIV

INFRACCIONES A LAS REGLAS DE JUEGO O COMPETICIÓN DURANTE UN PARTIDO

 

ARTÍCULO 40°. Infracción a las reglas de juego o competición. Son infracciones a las reglas de juego o competición las acciones u omisiones que durante el curso del juego o competición, alteren, impidan o perturben su normal desarrollo.

 

ARTÍCULO 41°. Amonestación.

 

1.    La amonestación, (tarjeta amarilla) supone el ejercicio de la autoridad arbitral en el transcurso de un partido para sancionar a un jugador por comportamiento antideportivo de menor gravedad.

 

2.    Dos amonestaciones en un mismo partido determinan la expulsión y la suspensión automática para el siguiente partido que en todo caso deberá cumplirse en el mismo campeonato oficial. Igualmente darán lugar a una multa de cinco mil ($5.000) pesos m/cte.

 

Se cancelarán las dos amonestaciones que llevan consigo la tarjeta roja de expulsión.

 

3.    Se entenderá que un jugador ha actuado en un partido oficial cuando el mismo haya participado como titular en el encuentro o sustituya a alguno de los jugadores.

 

ARTÍCULO 42°. Causales de Amonestación.

Se sancionarán con amonestación las siguientes conductas:

 

a)    La conducta antideportiva consistente en el juego brusco, juego peligroso o la acción de sujetar a un adversario por su vestimenta o por cualquier parte del cuerpo;

 

b)   Desaprobar con palabras o acciones la decisión de los oficiales del partido (criticar sus decisiones, reclamar);

 

c)    Infringir reiteradamente las Reglas de Juego;

 

d)    Retrasar la reanudación del juego;

 

e)    No respetar la distancia reglamentaria en un saque de esquina o tiro libre;

 

f)     Entrar o regresar al terreno de juego sin previa autorización arbitral;

g)    Abandonar el terreno de juego sin previa autorización arbitral; y

 

h)    La simulación.

 

i)     Cualquier otra acción u omisión que por ser constitutiva de infracción en virtud de lo que establecen las Reglas de Juego o disposiciones FIFA, determine que el árbitro adopte la medida disciplinaria de amonestar al culpable, mediante la exhibición de tarjeta amarilla.

 

ARTÍCULO 43°. Expulsión.

 

1.    La expulsión es una decisión del árbitro, adoptada en el transcurso de un partido que implica que la persona de la que se trate debe abandonar el terreno de juego y sus inmediaciones, incluido el banco de los sustitutos. El expulsado podrá ubicarse en los asientos del estadio, salvo que expresamente se le prohíba acceder a ellos.

 

2.    Tratándose de jugadores, la expulsión se expresará a través de la exhibición de una “tarjeta roja”. Esta tarjeta será “directa” si sanciona una conducta antideportiva grave. Será “indirecta” si es consecuencia de una acumulación de dos tarjetas amarillas en el mismo partido.

 

3.    Si un técnico, preparador físico, médico, delegado y en general cualquier oficial fuere expulsado, no podrá impartir instrucciones a su equipo ni a su reemplazante en el banco de los sustitutos ni deberá molestar a los demás espectadores o alterar el desarrollo del encuentro.

 

En caso de que exista un Comisario de Campo designado para el encuentro, éste será responsable de advertir al oficial suspendido de su condición y de las consecuencias de un eventual incumplimiento de la sanción.

 

4.    Una expulsión, incluso cuando se produzca en un partido interrumpido o anulado, conllevará una suspensión automática para la siguiente fecha del mismo campeonato, sin perjuicio de la sanción definitiva que se le imponga.

 

5.    Cuando la falta se produjere después de finalizado el partido, la comisión o autoridad disciplinaria estudiará el caso y aplicará las sanciones pertinentes.

 

6.    Cuando hubiere error en la expulsión, pagará la sanción el verdadero infractor cuando éste fuere determinado.

 

ARTÍCULO 44°. Causales de expulsión.

Será expulsado el jugador que cometa una infracción de mayor gravedad, como:

a)    Juego brusco grave, por ejemplo, empleo desmesurado de la fuerza o juego brutal o violento

 

b)   Conducta violenta: se consideran conducta violenta los siguientes casos:

 

·         Dar una patada a un adversario sin estar el balón en disputa con balón en juego o fuera de juego.

·         Por golpear con la mano, puño, codo o cabeza  a un adversario.

 

·         Por golpear con el balón o algún otro objeto a un adversario, compañero, árbitro, recogebolas, espectador, etc.

 

·         Por agredir o intentar agredir al árbitro.

 

·         Por agredir o intentar agredir al cuerpo técnico del equipo contrario.

 

·         Por contestar la agresión del público que invadió el campo.

 

·         Por agredir al público de la tribuna arrojándoles cualquier objeto.

 

c)    Escupir a un adversario o a cualquier otra persona.

 

d)    Impedir con mano intencionada un gol o malograr una oportunidad manifiesta de gol de la escuadra contraria (esto no se aplica para el guardameta dentro de su propia área penal).

 

e)    Malograr la oportunidad manifiesta de gol de un adversario que se dirige hacia la meta del jugador mediante una falta sancionable con tiro libre o penal.

 

f)     Emplear lenguaje injurioso o gesticular de manera ofensiva, grosera u obscena.

 

g)    Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.

 

h)    Cualquiera otra acción u omisión que por ser constitutiva de infracción en virtud de lo que establecen las Reglas de Juego o disposiciones FIFA, determine que el árbitro adopte la medida disciplinaria de expulsar al culpable.

CAPÍTULO XV

CONDUCTAS ANTIDEPORTIVAS

 

ARTÍCULO 45°. Conducta incorrecta frente a los adversarios u otras personas que no sean oficiales de partido.

 

1.    Toda persona expulsada directamente será sancionada incluyendo la suspensión automática de una fecha, con cualquiera de las siguientes sanciones:

 

a)    Suspensión de una (1) a tres (3) fechas por impedir con mano intencionada un gol o malograr una oportunidad manifiesta de gol.

 

b)   Suspensión de una (1) a tres (3) fechas por malograr la oportunidad manifiesta de gol de un adversario que se dirige hacia la meta del jugador mediante una infracción sancionable con un tiro libre o penal.

 

c)    Suspensión de una (1) a tres (3) fechas por ser culpable de juego brusco grave (especialmente mediante el empleo desmesurado de la fuerza o juego brutal o violento en disputa del balón).

 

d)    Suspensión de dos (2) a cuatro (4) fechas por ser culpable de conducta violenta contra los jugadores rivales u otras personas que no sean oficiales de partido.

 

e)    Suspensión de cinco (5) a ocho (8) fechas si como consecuencia de la acción violenta se ocasionare daño físico o lesión, según la gravedad del hecho.

 

Si la lesión ocasionare incapacidad temporal o definitiva a juicio de un médico certificado, el club al que pertenezca el infractor responderá por los gastos médicos y hospitalarios que se causen al igual que los costos laborales de la incapacidad.

 

Si como consecuencia de la lesión el agredido no pudiere volver a actuar, la suspensión del responsable será hasta de cinco (5) años.

 

f)     Suspensión de cuatro (4) a diez (10) fechas en caso de vías de hecho (codazos, puñetazos, patadas etc.) contra los jugadores rivales u otras personas que no sean oficiales de partido.

 

g)    Suspensión de dos (2) a cuatro (4) fechas por emplear lenguaje ofensivo, grosero u obsceno o gestos de la misma naturaleza contra los jugadores rivales u otras personas que no sean oficiales de partido.

 

h)    Suspensión de cuatro (4) a ocho (8) fechas por escupir a un adversario o a cualquier otra persona que no sea oficial de partido.

Si la conducta violenta se produjere sin estar en disputa el balón, las sanciones previstas en los literales anteriores se aumentarán en la mitad cuando fueren de carácter económico y, cuando se trate de suspensión, en otro tanto.

 

2.    Un sustituto o un jugador sustituido expulsado deberán abandonar los alrededores del terreno de juego.

 

ARTÍCULO 46°. Conducta incorrecta frente a los oficiales de partido. Toda persona expulsada directamente será sancionada incluyendo la suspensión automática de la siguiente forma:

 

a)    Suspensión de dos (2) a cuatro (4) fechas por conducta antideportiva contra un oficial consistente en protestar sus decisiones, cumplir sus órdenes negligentemente o desobedecerlas.

 

b)   Suspensión de tres (3) a seis (6) fechas si el irrespeto fuere mediante gestos, ademanes, injurias, amenazas o provocaciones.

 

c)    Suspensión de cuatro (4) a doce (12) fechas por conducta antideportiva contra un oficial de partido consistente en empujar, estrujar, dar pechazos o balonazos o agraviarlo en forma parecida, sin perjuicio de las disposiciones sobre incitación a la hostilidad o a la violencia, provocación al público, las concernientes al honor, las de naturaleza racista y las infracciones que atentan contra la libertad.

 

d)    Suspensión de doce (12) a veinticuatro (24) fechas en casos de vías de hecho (codazos, puñetazos, patadas, etc.) contra un oficial de partido.

 

e)    Suspensión de cuatro (4) a doce (12) fechas por escupir a un oficial de partido.

 

ARTÍCULO 47°. Provocación al público.

 

1.    Todo jugador que provoque al público durante un partido será sancionado con una suspensión de dos (2) a cuatro (4) fechas.

 

2.    Si se tratare de conductas obscenas la pena será de seis (6) a diez (10) fechas de suspensión.

 

3.    En el caso de directivos, miembros del órgano de administración de un club, o quien haya actuado o actúe como delegado representante del equipo y/o club en una reunión de asamblea o reunión especial y en general, al oficial, afiliado, accionista, socio o toda persona con influencia manifiesta en un organismo deportivo se impondrá multa de veinte mil ($20.000) a cincuenta mil ($50.000) pesos m/cte, al momento de la infracción.

Si se tratare de gestos obscenos la pena será de setenta mil ($70.000) pesos m/cte de multa.

 

ARTÍCULO 48°. Agresión al público.

Todo jugador que realice acción física violenta contra cualquiera de las personas que conforman el público asistente al partido, será sancionado con una suspensión de cuatro (4) a diez (10) fechas.

 

ARTÍCULO 49°. Agresión a los recogebolas.

Todo jugador que realice acción física violenta contra los recogebolas será sancionado con una suspensión de dos (2) a seis (6) fechas.

 

ARTÍCULO 49°. Riñas.

El hecho de intervenir en una riña se sancionará con suspensión de cuatro (4) semanas a doce (12) fechas de suspensión.  

 

No cometerá infracción quien se limite a repeler un ataque, defender a otro o a separar los que participen en la disputa.

 

ARTÍCULO 50°. Autores no identificados.

Cuando, en casos de agresión, no fuere posible identificar al autor o autores de las infracciones cometidas, el órgano disciplinario sancionará al club al que pertenezcan los agresores.

 

ARTÍCULO 51°. Declaraciones contra las autoridades del futbol.

A toda persona que por cualquier medio de comunicación formule declaraciones que comprometan la buena imagen del Comité Organizador del Décimo Cuarto Campeonato de Futbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”,  o que afecte la honra de los miembros del órgano de administración o control de cualquiera de los organismos deportivos, sus autoridades, funcionarios o representantes, del personal técnico o de jugadores y en general de cualquier oficial u oficial de partido, se impondrán las siguientes sanciones:

 

a)    En el caso de jugadores suspensión de cuatro (4) a ocho (8) fechas.

 

b)   En el caso de oficiales suspensión de dos (2)  a tres (3) fechas para ejercer cualquier actividad deportiva y/o administrativa relacionada con el fútbol y multa de treinta mil ($30.000)  a cincuenta mil ($50.000) pesos m/cte, al momento de la infracción.

 

c)    En el caso de los directivos, miembros del órgano de administración de un club, liga o quien haya actuado o actúe como delegado o representante de club en una reunión de asamblea o reunión especial y en general, al afiliado, accionista, socio o toda persona con influencia manifiesta en un organismo deportivo, multa de cincuenta mil ($50.000) pesos m/cte.

 

ARTÍCULO 52° Conducta violenta entre delegados. Los Delegados que realicen conducta violenta entre sí consistente en empujar, estrujar, dar pechazos, o balonazos, o se agravien en forma parecida, serán sancionados con una multa económica de cincuenta mil ($50.000) pesos m/cte, al momento de la infracción.

 

Parágrafo: todo jugador sancionado deberá cumplir a plenitud las fechas impuestas por el suscrito Presidente o por la Comisión Disciplinaria del Comité Organizador, bien sea en el Presente torneo o su defecto todos los organizados.

 

ARTÍCULO 53°. Directivos, miembros del órgano de administración de un equipo y/o club,  o quien haya actuado o actúe como delegado o representante de club en una reunión de asamblea o reunión especial y en general, al afiliado, accionista, socio o toda persona con influencia manifiesta en un organismo deportivo, que sea  expulsado en un partido, deberá abandonar las áreas contiguas al desarrollo del compromiso y recibirá multa de veinte mil ($20.000) pesos m/cte.

 

ARTÍCULO 54°. Falta de disciplina y desorden durante un partido.

La Comisión de Penas y Sanciones del torneo puede aplicar directamente sanciones contra el equipo responsable del desorden. Esta sanción hace alusión  a la pérdida del partido con un marcador de 3 X 0, y si el marcador es mayor prevalecerá este último más la sanción económica que se considere justa.

 

ARTÍCULO 55°.  Los delegados y/o integrantes del cuerpo técnico de un equipo que sean encontrados como responsables de las faltas contenidas en el artículo anterior, serán sancionados con retiro del torneo sin perjuicio de las acciones judiciales a las que haya lugar.

 

 

CAPITULO XVI

DE LOS RECURSOS

 

ARTÍCULO 56°.  Contra la providencia de la Comisión Disciplinaria del certamen, solo procede el recurso de reposición ante el Comité Organizador.

 

 

 

CAPITULO XVII

PREMIACION

 

ARTÍCULO 57°. La premiación del Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013” es la siguiente:

 

 

Primer Puesto

Trofeo

Medallas

$2.000.000,oo en efectivo

Segundo Puesto

Trofeo

Medallas

$1.400.000,oo en efectivo

Tercer Puesto

Trofeo

$1.000.000,oo en efectivo

Cuarto Puesto

Trofeo

$800.000,oo en efectivo

Primer Puesto Juego Limpio

Trofeo

Equipo Revelación

Trofeo

Goleador Primer Puesto

Trofeo y $100.000,oo en efectivo

Goleador Segundo Puesto

Trofeo

Goleador Tercer Puesto

Trofeo

Valla Menos Vencida

Trofeo y $100.000,oo en efectivo

Mejor Jugador

Trofeo

Jugador más Disciplinado

Trofeo

Jugador Revelación

Trofeo

Jugador Excelencia Deportiva

Trofeo

Mejor Jugador Gran Final

Trofeo

Mejor Técnico (Campeón)

Placa

Mejor Aficionado 2013

Placa

 

Menciones y Reconocimientos Deportivos

 

 

Parágrafo:

El equipo que ocupe el PRIMER PUESTO en la PRIMERA FASE, se ganará la suma de trescientos mil ($300.000) pesos M/cte. Siempre y cuando se encuentren a paz y salvo con Comité Organizador.

 

Equipo que no se presente en la FASE FINAL  del torneo  a jugar por el TERCER Y CUARTO PUESTO perderá todos los premios obtenidos.

CAPITULO XVIII

DISPOSICIONES Y VARIOS

 

ARTÍCULO 58°. Los equipos participantes en el Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”, deben asegurar contra accidentes deportivos a los integrantes de los respectivos equipos, dicho seguro se tramitará en una casa aseguradora donde ellos crean conveniente.

 

ARTÍCULO 59°. El Comité Organizador se reserva el derecho de cualquier modificación legal del presente reglamento interno, así como también el derecho de admisión de jugadores y equipos.

 

El presente manual de normas reglamentarias rige a partir de la fecha de su expedición y es de estricto cumplimiento para todos los equipos y delegados participantes en el Décimo Cuarto Campeonato de Fútbol Nueve Categoría Abierta Copa  Villa Miriam 2013”.

 

 

 

 

 

 

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en la ciudad de Valledupar a los 4 días del mes de julio del año 2013.

 

 

 

 

 

 

 

GUALBERTO VILLADIEGO

Coordinador General

MANUEL HINOJOSA A.

Secretario

 

 

 

 

JOSE YAMIT BELTRAN

Coordinador Web Máster

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